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Encuentre respuesta a 35 preguntas sobre el toque de queda de este fin de semana. Despeje todas sus dudas

Este fin de semana nuevamente rige la medida de toque de queda en la zona Centro Sur de Caldas, que comprende a Manizales, Villamaría, Neira Palestina y Chinchiná. La medida trae 13 excepciones menos que el decreto del pasado fin de semana.

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Por esta razón y para que usted pueda tener mayor claridad con el decreto, en LEA PUES respondemos 33 preguntas que han hecho nuestros lectores y así usted puedrá despejar sus dudas. 

1- Cómo funciona el toque de queda?

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Esta medida impide que usted salga de su casa entre el viernes a las 6:00 p.m. y el lunes a las 5:00 a.m. Solo podrá hacerlo a cosas estrictamente necesarias. El objetivo es prevenir contagios por COVID-19, ante la alta ocupación de camas UCIS, en los centros hospitalarios. 

2- Si tengo que ir a comprar Mercado entonces cómo hago? 

Claro, una sola persona por núcleo familiar y respetando el pico y cédula que rige en su municipio podrá ir a abastecerse. 

3- Si soy enfermera o niñera y debo salir a cuidar adultos mayores, niños o enfermos. Puedo ir a trabajar normalmente?

Si puede salir. Debe hacer el despalazamiento normal de su residencia a su lugar de trabajo. 

4- Vivo en una finca y necesito subir el sábado al pueblo a vender el café para poder mercar para toda la semana. Puedo hacerlo? 

Claro que sí. La cadena de transporte, comercialización y almacenamiento del café está dentro de las excepciones. Somos un departamento cafetero y nuestros campesinos tienen que desarrollar su actividad económica. 

5- Este fin de semana tendremos pico y cédula? 

No, este toque de queda es más estricto. Nadie podrá salir, salvo que sea a comprar mercado, víveres, ir al médico o cosas realmente por causa de fuerza mayor. 

6- Entonces cuando vuelve a regir el pico y cédula? 

Esta medida volverá a regir desde el próximo lunes que es 19 de abril hasta el 2 de mayo. Los días pares saldrán las cédulas terminadas en dígito Pat y los días impares saldrán las cédulas terminadas en impar. 

7- Si tengo un restaurante, pizzería o algún negocio de comidas podré abrir? 

No podrá abrir para que ingresen clientes, pero usted sí podrá trabajar y venderle a su clientela solo con domicilios y plataformas electrónicas. Nada de atención presencial. 

8- Si me voy a vacunar contra la COVID puedo salir? 

Si claro, pero sólo si ya tiene la vacuna agendada en su EPS o en alguna Ips donde estén aplicando el biológico. De resto debe permanecer en su casa. No habrá atención libre de vacunación. 

9- Si soy enfermera, cuido ancianos o cuido niños y debo salir a trabajar para el cuidado de estas personas podré salir? 

Si claro. Debe hacer tránsito de su casa al lugar de trabajo. Solo salir para eso. 

10- Soy Odontólogo. Puedo atender urgencias odontológicas? 

Claro. Es un caso de fuerza mayor. Toca atender a quien tenga un dolor insoportable de muela, por ejemplo. 

11- Si tengo una urgencia con mi mascota puedo salir a llevarla al veterinario?

Por supuesto. Nuestras mascotas hacen parte de la familia y debemos velar por protegerlasZ incluso el veterinario también podrá salir a atender una emergencia con algún peludo. 

12- Mi mamá o mi papá son adultos mayores y están en el día conmigo y en la noche duermen en su apartamento. Puedo salir a llevarlos y volver al otro día para recogerlos?

Si puede hacerlo. El decreto contempla que estas personas pueden salir acompañados para este tipo de traslados o incluso si llegan a necesitar asistencia de algún profesional. 

13- Debo salir a reclamar un medicamento porque tengo un tratamiento médico de control periódico. Puedo hacerlo?

Si. Usted podrá salir a reclamar su medicamento y también a cualquier urgencia médica que se le presente. 

14- Tengo un establecimiento comercial. Puedo abrir común y corriente? 

Usted podrá abrir su local, solo si es de venta de bienes y servicio, víveres, mercado, entre otros. Adicional a ellos debe cumplir con los protocolos de bioseguridad y no permitir aglomeraciones dentro de su negocio. 

15- Tengo un estanquillo. Podré vender licor? 

Si podrá hacerlo, pero solo domicilios y por plataformas digitales. Recuerde nada presencial. 

16- Los negocios de la plaza de Mercado podríamos abrir? 

El decreto de toque de queda dice que sí podrán atender en estos días de restricción los negocios de mercado, víveres y abarrotes.

17- Vivo en la zona rural y debo ir a mercar y hacer otras diligencias en la ciudad o el pueblo. Puedo hacerlo?

Usted podría venir de la zona rural a la urbana pero solo una persona por núcleo familiar y solo podrá hacerlo a abastecerse, es decir comprar cosas esenciales como mercado o víveres. 

 18- Trabajo en una construcción. Puedo ir a trabajar? 

El decreto dice que el sector de la construcción y la industria no esencial tendrán que reducir al 50% la cantidad del personal laborando mientras rige la medida. Además quienes tienen cargos administrativos deberán implementar al máximo el trabajo en casa. 

19- Tengo un bar. Lo puedo abrir?

El decreto dice que “no se habilitarán los espacios públicos que presenten gran afluencia de personas como lo fuera la apertura de discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.

20- Trabajo en un call center. Puedo salir a trabajar? 

Si. El decreto tiene esa Cadena productiva, al igual que quienes prestan servicio técnico a la infraestructura crítica, computadores, sistemas computacionales, redes de comunicaciones, datos e información cuya destrucción o interferencia puede debilitar o impactar en la seguridad de la economía, salud pública o la combinación de ellas. También quienes pertenecen a los servicios públicos coló empresas de acueducto, alcantarillado, energía, gas, entre otros. 

21 – Podré salir a hacer chance o si tengo que hacer una diligencia bancaria, en una casa de chances o de cambio de divisas qué puedo hacer?

Este decreto no contempla estas actividades dentro de las excepciones. Así que no podrá hacerlo. 

22- Si trabajo en medios de comunicación, mensajería o transporte de valores podré salir?

Claro. Acredita su carné de empleado o la carta de su empleador y podrá desarrollar sus labores, que por lo general son en vía pública. 

23- Podré ir a misa o a orar a alguna iglesia, templo o lugar de culto? 

No. Este fin de semana estos sitios estarán cerrados al público. Sin embargo algunas comunidades religiosas harán sus actividades a través de redes sociales con transmisiones en vivo. Habrá que orar desde casa. 

24- Tenía programado mudarme este fin de semana. Qué puedo hacer? 

Esta actividad no está dentro d Emas excepciones. Deberá aplazar la mudanza. 

25- Si viajo por el aeropuerto, tendré problemas para movilizarme en la zona urbana a? 

Para que no le impongan un comparando, usted debe tener en mano su tiquete de vuelo y el formato diligenciado de la aplicación CoronApp. 

26- El Terminal estará abierto y funcionando?

Si. Pero recuerde que de su casa sólo puede salir si es estrictamente necesario. 

27- Los Centros Comerciales van a abrir? 

Solo atenderán los negocios donde se puedan adquirir artículos como alimentos o cosas es esenciales.

28- Podré hacer fiestas en mi casa?

Recuerde que el toque de queda impide que las personas salgan de su casa y dice claramente que quienes lo hagan solo debe ser a cosas estrictamente necesarias. Tampoco podrá hacer aglomeraciones ni eventos privados.

29- Las tiendas hasta qué horas pueden funcionar? 

Podrán trabajar en sus horarios habilitarles. Pero deben cumplir con protocolos de seguridad.

30- Podré salir a jugar fútbol, baloncesto, caminar, trotar, montar bicicleta o hacer ejercicio?

No si no es un deportista de alto rendimiento. El decreto dice que las actividades deportivas sólo están exentas para profesionales y deben ser sin público. 

31- Habrá transporte público?

Si. Deberá operar con el aforo permitido. Usted debe llevar puesto siempre el tapabocas y recuerde lavarse las manos al ingresar al bus o buseta y al bajarse. También habrá servicio de taxi. 

32- Podré sacar la mascota a pasear?

Sí. Solo una persona la saca y por un periodo no mayor a 20 minutos. 

33- los menores podrán salir?

Solo si es a una urgencia. De resto deben permanecer en el hogar.

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