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Juez de Chinchiná ordenó arresto para Mindefensa y el general Atehortúa. La decisión no está en firme

El juez promiscuo de Chinchiná en Caldas ordenó tres días de arresto para el ministro de defensa Carlos Holmes Trujillo y el director de la Policía Nacional de Colombia, Óscar Atehortúa, además de una multa de dos salario mínimos mensuales legales vigentes por desacato a un fallo de una acción de tutela que fue interpuesta tiempo atrás por Faiber Jahír Moreno Salazar, quien fue mayor de la Policía. 

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De acuerdo a la documentación del Juzgado, Moreno Salazar emprendió las acciones legales, ya que consideró que en su contra se violaron derechos como el Debido Proceso, la Igualdad, el Acceso a la Administración de Justicia y la Tutela Efectiva de los Derechos. 

El fallo que al parecer, no acataron el Ministerio y la Policía consideraba que a Moreno Salazar lo retiraron ilegalmente de la Policía Nacional entre los años 2008 y 2018 y ordenaba  que las dos entidades reconocerán el ascenso al grado de Mayor y observar si el uniformado reunía los requisitos para ascender al grado de teniente coronel o ser llamado al curso de ascenso respectivo, así como a considerar como válidos los 10 años que Moreno Salazar “estuvo ilegalmente sustraído del servicio, esto es, del 2008 al 2018”. 

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El Juzgado de Chinchiná consideró que la Policía y el Ministerio no cumplieron con lo ordenado en el fallo y por eso resolvió ordenar el arresto y la multa económica.

Aunque esta sentencia no es susceptible de recurso alguno, la Policía Nacional emitió un comunicado de prensa en el que informó que contra la decisión procede la revisión ante el Tribunal Superior de Manizales, por lo que la orden de arresto no queda en firme. 

El general Pablo Criollo, jefe jurídico de la Policía Nacional, le dijo a Semana que esa institución y el Ministerio tienen suficientes argumentos para demostrar que el fallo si se cumplió y que no cabe la orden de arresto. 

Podremos “indicarle al tribunal que tenemos el sustento para demostrar el cumplimiento del fallo. este mismo juez el 4 de abril de 2020 no apertura incidente, posteriormente el 4 de noviembre se abstiene de sancionar al Ministro y al director teniendo en cuenta que se había dado cumplimiento. Luego viene el 11 de noviembre y el mayor presenta un recurso el cuál el mismo juzgado se lo rechaza de plano. De acuerdo a las decisiones del despacho el 27 de noviembre profiere la decisión de revisar el cumplimiento del mismo”, dijo el general.  

La sentencia dice que la orden de arresto debe cumplirse en la Escuela de Carabineros en una institución pública similar, en Bogotá. Sin embargo se deberá esperar a que el Tribunal en Manizales resuelva de fondo el tema de la revisión o consulta. 

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