Publicidad
Al instante

Juzgado de Manizales ordenó que en cuatro horas trasladen a 209 presos que están en lugares donde les burlan sus derechos fundamentales

El Juzgado Quinto Penal de Manizales le ordenó al Inpec en la regional caldas y al Municipio de Manizales conseguir un lugar adecuado para que trasladen a 209 personas que están privadas de la libertad en centros de retención transitorias. 

Publicidad

Esta medida provisional emitida por el Juzgado busca el traslado de internos que ya tienen su situación jurídica definida y que por temas de hacinamiento no han podido ser trasladados a la Cárcel La Blanca de Manizales o algún otro centro carcelario. 

La orden del juez indica que el lugar que deben disponer el Inoec y el Municipio debe contar con todos los requisitos en los que se les “brinden óptimas circunstancias materiales de habitación, esto es, en condiciones de salubridad, higiene y dignidad humana, suministrándoles un espacio físico adecuado y ajustado al número de personas que deben recluirse allí”. 

Publicaciones relacionadas

El documento ordena que el lugar tenga “condiciones dignas, tales como acueducto y alcantarillado, energía, alimentación, primeros auxilios de salud y, en general, se les brinde una vida digna, bajo las circunstancias de seguridad y vigilancia necesarias”. 

El fallo fue emitido el 5 de abril, es decir ayer y dice que tiene un plazo de cuatro horas, después de notificadas las partes, para que se cumpla el traslado de estas 209 personas a quienes tienen en centros de atención transitoria y que de acuerdo con los entes de control y denuncias ciudadanas no se les respetan condiciones de dignidad ni derechos que les cobija la Constitución Política de nuestro país. 

Esta orden del Juzgado Quinto Penal sirve de una acción de tutela que promovió la Personería de Manizales para buscar una atención digna de esta población carcelaria. 

Estas 209 personas se encuentran recluidas en calabozos de estaciones de Policía de San José, El Nevado, La Cabaña, Bosques del Norte y la Sijín en el edificio del comando de la Policía en el barrio linares. 

El Personero de Manizales José Fernando Arcila recordó que estos centros transitorios sólo están habilitados para que personas que son capturadas permanezcan en esos lugares por un periodo máximo de 36 horas, mientras se define su situación judicial y no como centros carcelarios donde no reciben visitas, atención médica, alimentación, digna entre otros derechos fundamentales que se les tienen que respetar. 

Arcila también recordó que la Policía no tiene por qué cumplir funciones de custodia de presos, ya que esas labores no están dentro de las contempladas para los policiales en nuestro país. 

El representante del ministerio público detalló que entre estos 209 privados de la libertad hay personas que padecen patologías complejas como hepatitis o enfermedades de transmisión sexual a los cuales no les brindan la atención médica que requieren. 

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba